Muy necesario conocer las actividades comerciales permitidas durante la Semana Santa

Desde el jueves 01 al domingo 04 de abril el Gobierno ha dispuesto una serie de medidas que incluyen la inmovilización social obligatoria a nivel nacional, por lo que solo estarán permitidas un grupo reducido de actividades comerciales.

¿Cuáles son las actividades permitidas?

De acuerdo con el Decreto Supremo 058-2021-PCM, publicado el fin de semana en el diario El Peruano, estas son las principales actividades económicas que podrán funcionar:

1. Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad: Supermercados, mercados, mercados itinerantes y bodegas funcionarán de 04 a.m. a 06:00 p.m.

Su aforo dependerá de la zona en la que se encuentre el establecimiento. En zonas de «alerta extrema», pueden funcionar al 40% de su capacidad. En zonas de alerta «muy alto» las tiendas de abastecimiento funcionarán al 50%. Y en zonas de alerta «alta» podrán operar al 60% de su aforo.

2. Farmacias: Las farmacias y boticas solo podrán funcionar de delivery, durante las 24 horas.

3. Restaurantes: El servicio de restaurante funcionará en la modalidad de entrega a domicilio de 4:00 a.m. a 11:00 p.m. También se permitirá el recojo de alimentos en los establecimientos.

4. Distribución de material educativo: También se permitirá la distribución de materiales educativos, realizadas por directivos, docentes, auxiliares, personal administrativo y contratistas.

OTROS: La norma indica que el servicio de transporte interprovincial de personas por vía terrestre y aérea estará restringido desde el 01 al 03 de abril, pero el 04 de abril sí podrán operar los vuelos y viajes terrestres.

El proceso de vacunación contra la COVID-19 continuará con normalidad, al igual que la atención de emergencia en establecimientos de salud durante las 24 horas.
Asimismo, el personal de prensa y medios de comunicación podrán seguir trabajando con normalidad durante estas fechas.


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